Cómputo del plazo de prescripción de las acciones nacidas de un contrato de préstamo sin fijación de plazo para su devolución

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Cómputo del plazo de prescripción de las acciones nacidas de un contrato de préstamo sin fijación de plazo para su devolución

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Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 20 Julio 2021

Diario La Ley, Nº 9918, Sección La Sentencia del día, 22 de Septiembre de 2021, Wolters Kluwer

LA LEY 6099/2021

La obligación de devolución del capital prestado sólo será exigible desde su vencimiento, que coincide con el momento en que el acreedor reclama la devolución del capital. El inicio del cómputo del plazo de prescripción de la acción para exigir su pago no puede anticiparse a una fecha previa a ese momento.Tribunal Supremo, Sala de lo Civil, Sentencia 555/2021, 20 Jul. Recurso 4413/2018 (LA LEY 114500/2021)

El Supremo se pronuncia sobre la determinación del inicio del cómputo del plazo de prescripción de las acciones nacidas de un contrato de préstamo que no tiene señalado un plazo expreso para su devolución.

La Sala considera que no puede sostenerse que la obligación de devolución del capital prestado resulta exigible desde el mismo momento de la perfección del contrato. Esa obligación sólo será exigible desde su vencimiento, vencimiento que coincide con la reclamación por el acreedor de la devolución del capital prestado. Dicha reclamación resulta esencial para la constitución en mora del deudor (art. 1100 CC (LA LEY 1/1889)).

Además, dicha reclamación deberá atemperase a las exigencias de la buena fe, lo que excluye la legitimidad de un requerimiento de pago prematuro, considerando como tal aquel que sea anterior al transcurso de un tiempo que se considere suficiente para que la relación produzca sus efectos propios, atendiendo a su naturaleza y finalidad.

En el caso de autos, la reclamación se produjo transcurridos más de dieciséis años desde la concesión del préstamo, por lo que no puede considerarse vulnerado el principio de la buena fe.

En consecuencia, no siendo exigible la devolución del préstamo hasta el mismo momento de su reclamación (que en el caso tuvo lugar inicialmente mediante burofax), el inicio del cómputo del plazo de prescripción de la acción para exigir su pago no puede anticiparse a una fecha previa al momento de dicha intimación extrajudicial.

Fuente de información: Diario LA LEY

Imagen: Freepik

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