Las nuevas normas para contratar hipotecas

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Endesa, Iberdrola, Gas Natural y Viesgo, con multas por un total de 155.000 euros, por formalizar contratos de gas y electricidad sin el consentimiento de varios clientes.
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Las nuevas normas para contratar hipotecas

El Gobierno aprueba un proyecto de ley que reduce las comisiones y mejora la transparencia contractual

Principales medidas

  • Los bancos no podrán determinar el vencimiento anticipado de una hipoteca hasta que el impago suponga el 2% del préstamo, incluidos los intereses, o alcance nueve cuotas durante la primera mitad del contrato. En cuanto a la segunda mitad del contrato, el límite se establece en el 4% del préstamo o doce mensualidades.
  • El proyecto de ley pretende facilitar la conversión del préstamo hipotecario en divisa extranjera a otra moneda, así como el cambio de préstamo hipotecario con interés variable a fijo. En este último caso, la comisión máxima de reembolso anticipado para una novación o cambio de entidad fijo será del 0,25%.
  • En el caso de hipotecas a tipo variable la comisión por reembolso anticipado será de cero a partir del quinto o el tercer año de vigencia del contrario, en función de lo pactado. En el caso de que sea cinco años, el límite será del 0,25% del capital desembolsado, mientras que si se pactan tres años, se limitará al 0,5%.
  • La norma exigirá que los intervinientes en la concesión de un crédito cuenten con una profesionalización y una capacitación para ofrecer toda la información requerida al consumidor y evaluar su solvencia, al tiempo que prohibirá a los bancos ofrecer incentivos a sus trabajadores por la concesión de contratos.
  • Se prohíbe ofrecer la venta vinculada de productos con las hipotecas, como en el caso de seguros del hogar, salvo excepciones autorizadas por el Banco de España. No están permitidas las operaciones en las que solamente es posible contratar el préstamo hipotecario si se hace conjuntamente con una serie de productos.
  • A la hora de firmar un préstamo hipotecario, el consumidor deberá recibir con siete días naturales de antelación respecto a la fecha de firma no solamente una ficha de información normalizada con las principales características del contrato, sino también otra con advertencias sobre cláusulas sensibles.

 

FUENTE: DIARIO INFORMACION.

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