Anulada una hipoteca para avalar un préstamo personal al utilizar el apoderado un poder notarial de “sospechosa” antigüedad

Despido procedente de vendedora que, entre otras indisciplinas, desvela a una niña la procedencia de los regalos de Papá Noel
septiembre 20, 2018
Anulada multa de tráfico por estacionamiento irregular al estar redactada la señal sólo en catalán
octubre 8, 2018

Anulada una hipoteca para avalar un préstamo personal al utilizar el apoderado un poder notarial de “sospechosa” antigüedad

El apoderado empleó el poder sin conocimiento ni consentimiento de la otorgante para conseguir un préstamo personal de 141.000 euros. El poder notarial, con amplias facultades, se firmó 17 años antes a favor del prestatario, con quien mantenía una relación sentimental rota hacía ya tiempo. El Supremo considera que no concurría una razonable confianza del prestamista en la aparente subsistencia del poder.

 

El Supremo confirma la nulidad de la hipoteca

La Sala de lo Civil rechaza que la sentencia dictada por la Audiencia Provincial vulnerara el principio de congruencia. Aunque la demanda solicito la declaración de nulidad radical del poder para formalizar la garantía hipotecaria, no suponía incongruencia la declaración de nulidad de la garantía hipotecaria por inexistencia del poder por estar revocado porque en la fundamentación jurídica de la demanda se hacía expresa referencia a la revocación tácita del poder y a la nulidad del contrato de garantía hipotecaria por inexistencia de consentimiento.

Añade que el representante conocía que no podía hacer uso del poder, y sobre todo, la diligencia del prestatario no fue suficiente para que pudiera desplegarse la protección que otorga el artículo 1738 del Código Civil (LA LEY 1/1889) (“lo hecho por el mandatario, ignorando la muerte del mandante u otra cualquiera de las causas que hacen cesar el mandato, es válido y surtirá todos sus efectos respecto de terceros que hayan contratado con él de buena fe”).

Concluye que se estaba ante un poder que, dada su antigüedad, podía considerarse como “sospechoso” (fue firmado en 1991) y que el acreedor no intentó en ningún momento comprobar la realidad de la autorización para constituir la hipoteca de una vivienda que pertenecía a persona distinta del prestatario.

TS, Sala Primera, de lo Civil, S 468/2018, 19 Jul. 2018 (Rec. 2396/2015)

 

Fuente: Wolters Kluwer

Escribir comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Uso de cookies

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies